OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES

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Elección de los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura, Titulares y Suplentes por los miembros de los Colegios Profesionales del país, distintos de los Colegios de Abogados.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), mediante Resolución Jefatural N° 286-2014-J/ONPE convocó a la Elección de los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura, Titulares y Suplentes, por los miembros de los Colegios Profesionales del país, distintos de los Colegios de Abogados para el periodo 2015 – 2020.

¿Cuándo se realizarán y quienes participarán?


Primera etapa:

Se llevará a cabo el domingo 17 de mayo de 2015 desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.

En esta etapa, los miembros hábiles de cada colegio profesional participante, distintos de los Colegios de Abogados, elegirán a un delegado candidato en Distrito Electoral Único, el cual será aquel que obtenga la mayor cantidad de votos.

Cada miembro tiene derecho a un voto.

La votación es obligatoria y para efectuarla deberán presentar en la mesa de votación su DNI o carné de extranjería si corresponde.

Segunda etapa:

Esta segunda etapa se realizará dentro de los treinta (30) días calendarios posteriores a la entrega de resultados finales de la primera etapa.

Los delegados candidatos elegidos en la primera etapa, elegirán entre ellos, a los Consejeros (2 titulares y 2 suplentes) que representarán a los Colegios Profesionales distintos de los Colegios de Abogados, en una Asamblea de Delegados.

Cada delegado candidato tiene derecho a votar por dos (2) delegados.

¿Cuáles son las funciones del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) y sus Consejeros?


El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) a través de sus Consejeros, tiene como funciones: seleccionar, nombrar, ratificar y destituir a los jueces y fiscales de todos los niveles, nombrar o ratificar a los Jefes de la ONPE y el RENIEC, entre otras.

¿Cómo se conforma el CNM?


Está conformado por siete Consejeros, que son elegidos:

- Uno por los miembros titulares de la Corte Suprema de la República, en votación secreta.

- Uno por los miembros titulares de la Junta de Fiscales Supremos, en votación secreta.

- Uno por los Rectores de las Universidades Nacionales del país, en votación secreta.

- Uno por los Rectores de las Universidades Particulares del país, en votación secreta.

- Uno por los miembros de los Colegios de Abogados del país, en elecciones organizadas por la ONPE.

- Dos por los miembros de los demás Colegios Profesionales del país, en elecciones organizadas por la ONPE.

En todos los casos, los candidatos a consejeros que obtengan la segunda mayoría de votos, son elegidos consejeros suplentes.